Se crea el primer catálogo de servicios en Barcelona para víctimas de discriminación y de delitos de odio
Según datos de la Agencia Europea por los Derechos Fundamentales (2017), 9 de cada 10 personas que han sufrido agresiones en Europa por motivos de odio o discriminación no denuncian los hechos. En Barcelona, esto también pasa. En muchos casos las personas víctimas de delitos de odio y de discriminación no se sienten como tal, no saben que pueden denunciarlo o no se atreven a hacerlo por falta de confianza en las administraciones o los cuerpos policiales. A veces tampoco denuncian porque no saben a dónde dirigirse.
En Barcelona se han identificado 37 entidades y administraciones públicas que actualmente ofrecen servicios para atender a las víctimas de delitos de odio y de discriminación. Estos servicios se recogen por primera vez en un catálogo elaborado por el Institut de Drets Humans de Catalunya (IDHC) juntamente con la consultora social Spora Sinergies y la colaboración de Sos Racisme y la financiación de la Direcció de Drets de Ciutadania i Diversitat de l’Ajuntament de Barcelona. El catálogo surge del estudio L’abordatge dels delictes d’odi i les discriminacions a Barcelona, en el cual se han encuestado a 125 entidades y servicios públicos en la ciudad, así como personas expertas y representantes de organizaciones de referencia y víctimas de delitos de odio y discriminación.
¿Cómo son los servicios?
A pesar de que todas las entidades y servicios analizados intervienen sobre los delitos de odio, el 42,9% manifiesta que esta no es su función, mientras que para un 26,2% no es la prioritaria, y para un tercio (31%) es su labor principal.
Respecto a los colectivos atendidos, las organizaciones y servicios encuestados atienden mayoritariamente a personas en situación de pobreza y exclusión social (40,5%), seguido de las que padecen problemas de salud mental (31%), mujeres (28,6%), personas extranjeras (26,2%) y colectivos LGTBQI (21,4%).
Avanzar hacia la profesionalización y la coordinación
El estudio concluye que en Barcelona aún queda camino por recorrer en la profesionalización y la coordinación de estos servicios para asegurar una atención adecuada a las víctimas de actos discriminatorios. Según el estudio, el 40% de las entidades no conoce el Estatuto de la Víctima, donde se recogen los derechos que amparan a las personas que sufren cualquier tipo de delito. El 35% desconoce los artículos del Código Penal donde se tipifican los delitos motivados por odio y discriminación y menos de un tercio cuenta con profesionales específicos para tratar estos casos.
Derivación o servicio integral
La atención a las víctimas requiere una atención integral y multiplicidad de recursos que en Barcelona una sola entidad no puede ofrecer y, por tanto, tiene que derivar el caso. Esta derivación, dependiendo de la situación, se hace a otra entidad de referencia o bien a instancias policiales o judiciales.
La derivación es la acción más común cuando las entidades detectan casos de delitos de odio o discriminación (66,7%). Este dato ilustra que las entidades, generalmente, se centran en la atención psicosocial (50%) y facilitan información básica (47,6%), pero no pueden dar respuesta a todas las necesidades que las víctimas de un delito de odio requieran como es el asesoramiento legal y el acceso a servicios de protección.
Las entidades son el principal marco de seguridad de las víctimas
Esta es una de las características más destacadas por parte de las víctimas entrevistadas en el estudio. Para muchas de ellas, las entidades representan el único espacio donde pueden verbalizar su experiencia sin miedo a ser cuestionadas. Establecer este vínculo de confianza es fundamental para poder hacer un buen acompañamiento y poner en marcha el resto de acciones que aseguren el ejercicio de los derechos de las víctimas.
Una cobertura legal deficiente y falta de claridad conceptual. ¿Libertad de expresión, discurso de odio o delito de odio?
El principal mecanismo sancionador de las conductas discriminatorias o motivadas por el odio en el marco legal actual es el Código Penal[1]. El recorrido de una denuncia por esta vía tiene unas consecuencias a menudo negativas para las personas que han sido víctimas (notablemente la revictimización) y requieren de unos recursos y un acompañamiento que no está al alcance de la mayoría de ellas o que simplemente no ofrecen los servicios para víctimas.
Por otro lado, la redacción del articulado del Código Penal que tipifica el discurso de odio punible o delito de discurso de odio está marcada por la vaguedad en las definiciones y da un amplio margen de interpretación.
La falta de una única definición consensuada de delitos de odio y la frontera entre el derecho fundamental de la libertad de expresión y del discurso de odio limitan la capacidad de acción ante las agresiones y discriminaciones.
De acuerdo con los participantes en el estudio se tendrían que elaborar leyes específicas para la protección de cada colectivo (como las que existen para la violencia machista o para garantizar los derechos de las personas LGTBQI) o bien una ley integral sobre delitos de odio y comportamientos discriminatorios.
Principales recomendaciones de las personas participantes en el estudio
- Creación de protocolos estandarizados de coordinación entre entidades y agentes y crear una estrategia integral y transversal de abordaje de la problemática.
- Mejorar y ampliar la cobertura legal.
- Mejorar la prevención a través de la sensibilización y la educación en todos los ámbitos y todas las instituciones sociales: escuelas, lugares de trabajo, hospitales, entidades, cuerpos policiales y estamentos legales, etc.
- Ir más allá de la denuncia: crear estrategias de atención de las personas víctimas y de reparación de daños no sólo centrados en la denuncia, poniendo el foco en la ayuda mutua y el apoyo moral y psicológico.
Estudio
El estudio es parte del proyecto “Com responem als delictes d’odi? Anàlisi situacional, mapatge de serveis per víctimes i eines per la intervenció” realizado por el IDHC de la mano de la consultora social Spora Sinergies (autora de l’estudi), con la colaboración de SOS Racisme Catalunya y la financiación de la Dirección de Derechos de Ciudadania y Diversidad del Ayuntamiento de Barcelona.
[1] Actualmente se está tramitando una ley administrativa por la sanción de la discriminación y el odio contra el colectivo LGTBQI
CURSOS |
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43º Curso anual de derechos humanos
01/01/1970
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[Sesión formativa] IGUALDAD Y NO DISCRIMINACIóN. Mecanismos y estándares internacionales
23/03/2021
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