El Tribunal Europeo de Derechos Humanos falla en contra de España por violación del derecho a la presunción de inocencia y a la protección de la propiedad

Considera que ha existit violació de l'article 6.2 del Conveni Europeu de Drets Humans, relatiu al dret a la presumpció d'innocència i, de l'article 1 del Protocol númer 1, sobre dret a la propietat
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos falla en contra de España por violación del derecho a la presunción de inocencia y a la protección de la propiedad
lunes, 27 de junio de 2011

En marzo de 1986 el ciudadano alemán Hans Erwin Tendam residente en Tenerife fue detenido y acusado del robo de unas colmenas de abejas. Sin embargo, en agosto del mismo año fue puesto en libertad provisional. En el marco de otro procedimiento penal, el demandante fue acusado de receptación de bienes robados. En 1993, el demandante fue absuelto por ambos delitos. La Audiencia Provincial de Tenerife consideró que no había pruebas concluyentes de su culpabilidad en lo que se refería al delito de robo. El Juez de lo Penal núm. 3 de Santa Cruz de Tenerife lo absolvió del delito de receptación, después de que el Ministerio Fiscal retirara la acusación.

A pesar de las reclamaciones del acusado para recuperar sus bienes incautados durante los registros policiales en el curso de la investigación, muchos de ellos no le fueron devueltos y algunos estaban deteriorados.

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) consideró mediante sentencia de 13 de julio de 2010 que las autoridades españolas, al negarle una compensación económica por su detención provisional, habían incurrido en la violación del artículo 6.2 del Convenio Europeo de Derechos Humanos (CEDH), que establece el derecho a la presunción de inocencia.

Por otra parte, consideró que había habido violación del artículo 1 del Protocolo Nº 1 al CEDH, que establece el derecho a la protección de la propiedad, al serle denegada una compensación económica por la pérdida y deterioro de sus bienes incautados. El Tribunal dictaminó que el Estado español debía abonar al demandante la cantidad de 15.600 EUR en concepto de daños morales, y reservó la cuestión de los daños materiales derivados de la violación del derecho de propiedad.

Finalmente, mediante sentencia dictada en fecha de 28 de junio de 2011 (sobre la satisfacción equitativa), el TEDH dictamina que el Estado español debe conceder a Hans Erwin Tendam una indemnización de 200.000€ en concepto daños materiales.

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