El informe del relator sobre el derecho a la verdad de la ONU resalta la falta de una política del Estado español consistente, especialmente, en materia de esclarecimiento de la verdad y de acceso a la justicia
En su informe final, presentado en el 27 período de sesiones del Consejo de Derechos Humanos de la ONU celebrado entre el 8 y el 26 de septiembre subraya, en líneas generales, que la falta de una política estatal consistente e incluyente se traduce en una gran distancia y desconfianza entre las posiciones institucionales y las de las víctimas y asociaciones, que en gran medida se sienten olvidadas y son las que mayoritariamente llevan a cabo las iniciativas en aras de la verdad, justicia, reparación y garantías de no repetición. Por ello, se hace necesario que Estado y ciudadanos trabajen conjuntamente en la implementación de medidas, de tal forma que, exista un compromiso estatal pleno y coordinado entre las distintas instituciones públicas en la promoción de cada uno de los derechos del mandato y, una protección legal igualitaria para todas las víctimas.
En relación con el derecho a la verdad, el relator incide en la necesidad de que se cree un mecanismo oficial, que puede adoptar entre otras, la forma de una comisión de la verdad, para dar respuesta a las demandas de víctimas y asociaciones, promoviendo su participación y que, al menos, sistematice la información existente, de acceso a los archivos e, implante procesos de investigación y de diseminación de conclusiones que ofrezcan un reconocimiento oficial a las víctimas.
Además, el Estado ha de participar en las exhumaciones, asignando los recursos necesarios y asegurando la actuación de las autoridades judiciales en todos los casos y, ha de establecer una política de acceso a todos los archivos y fondos, de acuerdo con los estándares internacionales aplicables.
Para la promoción de la justicia, se han de erradicar todos los obstáculos existentes en el acceso a la investigación, con especial consideración hacia aquellos que estén en contra de los estándares y obligaciones internacionales, así como, ha de asegurarse la colaboración de la justicia española en procesos en el exterior, adoptando medidas contra el debilitamiento del ejercicio de la jurisdicción universal.
En relación con las garantías de no repetición, el informe aplaude la remoción de símbolos franquistas a través de las disposiciones de la Ley 52/2007 y, recomienda que a los símbolos y monumentos todavía en pie, se les dote de un nuevo significado, con una función educativa y preventiva.
La educación en derechos humanos se presenta como una garantía clave en aras de la prevención, con especial importancia en el caso de los funcionarios públicos, que han de conocer la responsabilidad de las instituciones del Estado en las violaciones graves de los derechos humanos y del derecho humanitario durante el período franquista.
Finalmente, entre las medidas reparadoras se recomiendan la ampliación del reconocimiento y de la cobertura de los programas de reparación a víctimas no amparadas con anterioridad, teniendo especialmente en cuenta, los daños sufridos por las mujeres y, la nulidad efectiva de las sentencias adoptadas durante la Guerra Civil y el franquismo en violación de los principios fundamentales del derecho y del debido proceso.
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